Venden en internet máquinas para hacer pastillas; criminales las ocupan para hacer fentanilo

Se pueden encontrar al alcance de cualquier persona, no hay necesidad de realizar algún papeleo o contrato de por medio y sus precios rondan desde 20 mil hasta más de los 100 mil pesos: se trata de máquinas empastilladoras que se usan para la elaboración de fentanilo y se ofertan desde la plataforma de Mercado Libre y con ello, grupos criminales del país, sin control, se han aprovechado de la carencia de normas que regulen su venta para comprarlas.

Como antecedente, durante un operativo realizado por el ejército mexicano el 6 de abril de este año en Culiacán, Sinaloa, se confiscó “una máquina mezcladora, una máquina tableteadora, un inmueble” y, de acuerdo con la Sedena, se realizaba fentanilo. Operativo donde incautaron “120.215 kg de pastillas de fentanilo de diferentes colores, 2.861 kg aproximadamente de posible fentanilo en polvo y 37 kg de pasta con posible fentanilo”.

Así, los vendedores de estas máquinas pastilladoras, no solicitan algún tipo de licencia o acreditación por parte de alguna dependencia que regule la venta o posesión de maquinaria para la elaboración de pastillas. Al otro lado de pantalla, los comerciantes refieren que en caso de requerir factura, tendría que ser una compra más grande; “ninguna licencia, si requieres factura, sería (una compra) masiva”, se lee en respuesta a la publicación de un vendedor de la plataforma de Mercado Libre.

En este caso, el diputado Emmanuel Reyes Carmona, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, señaló en entrevista para MILENIO que los compradores comunes son fabricantes de medicamentos o laboratorios grandes, los cuales, mencionó, cuentan con una licencia y registro en el padrón de la Cofepris para realizar este tipo de compras y las mismas, se encuentran “bajo la vigilancia de la Secretaría de Marina”.

Aclarando que los permisos no se podrán realizar a “diestra y siniestra”, sino que estos solo estarán para quienes cumplan con los requisitos para elaborar “productos químicos esenciales, precursores químicos, cápsulas, tabletas o comprimidos,” es decir, dicha compra de máquinas para la elaboración de pastillas o tableteadoras “no está abierto al público, a menos de que se cumpla con los requisitos establecidos por la propia norma”.

Sobre los aseguramientos a laboratorios clandestinos pertenecientes a grupos criminales, se han logrado incautar tanto ingredientes químicos y maquinaria para la elaboración de pastillas de uso industrial. Estas últimas, se tratan de máquinas que se encuentran ofertadas con precios que rondan desde los 29 a más de 100 mil pesos.

Un ejemplo de esto es que con una calificación arriba del promedio y más de 50 ventas en los últimos 365 días y en donde ofrece una garantía de un año en sus productos, la empresa “Totalstoremex” desde Quintana Roo, envía a la comodidad de tu casa o lugar de trabajo dicho producto, sin pedir alguna certificación para operar o comprar.

En otra publicación, siendo miembro desde hace cinco años, teniendo una calificación sobresaliente y con más de mil ventas en el último año, la empresa “ARPE169272”, oferta “Maquina Pastilladora, Maquina Para Hacer Pastillas Tab5”, con un precio de más de 80 mil pesos: desde Tehuacán, Puebla la puede recibir en su domicilio.

“Difícilmente se podría evitar la promoción, la difusión de la venta de estas máquinas fabricadoras de tabletas y de comprimidos, ya que no están reguladas las plataformas, por lo tanto, pues existen lagunas. (…) lo que nosotros estamos proponiendo es facultar a la Secretaría de Marina y fortalecer el control de la producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas”, precisó.

La Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, dicta que todas las empresas que vendan maquinas para hacer pastillas o tabletas deberán de presentar un informe anual a la Secretaría de Economía.

Dicho informe tendrá que contener la siguiente información; “I. Nombre, registro federal de contribuyentes y domicilio de los sujetos con los que hubieren realizado cada operación a que se refiere este artículo, y II. Datos de identificación y cantidad de máquinas.”, de acuerdo con la Ley Federal para el control de precursores químicos o para elaborar cápsulas.

Con base al documento oficial, el reporte deberá realizarse a partir de los sesenta días y antes de que se concluya el año de la adquisición de la maquinaria.

Por ello, en cuanto a las infracciones a quienes cuenten y operen este tipo de maquinaria y no tengan con algún tipo de registro, serán sancionados con una multa de “quinientas a mil veces el salario mínimo diario general en el Distrito Federal, vigente al momento de la infracción”, de acuerdo con la Ley.

FUENTE MILENIO

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